EN CUANTO EL NIÑO PUEDA DISTINGUIR ENTRE EL PAN Y LA HOSTIA CONSAGRADA, HAGA SU PRIMERA COMUNIÓN
EN CUANTO EL NIÑO PUEDA DISTINGUIR ENTRE EL PAN Y LA HOSTIA CONSAGRADA, HAGA SU PRIMERA COMUNIÓN
-"Cuando el niño es capaz de malicia y puede, por lo mismo, pecar mortalmente, queda por esto obligado a la confesión y, por consiguiente, a la Comunión": San Antonino-
”Dejad que los niños
vengan a mí y no se lo impidan
porque el reino de Dios
pertenece a quien es como ellos”
(Mc 10,14)
vengan a mí y no se lo impidan
porque el reino de Dios
pertenece a quien es como ellos”
(Mc 10,14)
Decreto Quam Singulari del papa San Pío X sobre la edad para la primera comunión, del 8 de agosto de 1910, del que se copia la parte principal:
“Cuán singular amor profesó Jesucristo a los niños, durante su vida mortal, claramente lo manifiestan las páginas del Evangelio. Eran sus delicias estar entre ellos; acostumbraba a imponerles sus manos, los abrazaba, los bendecía. Llevó a mal que sus discípulos los apartasen de El, reconviniéndoles con aquellas graves palabras: Dejad que los niños vengan a Mí, y no se lo vedéis, pues de ellos es el reino de Dios . En cuánto estimaba su inocencia y el candor de sus almas, lo expresó bien claro cuando, llamando a un niño, dijo a sus discípulos: En verdad os digo, si no os hiciereis como niños, no entraréis en el reino de los cielos. Cualquiera, pues, que se humillare como este niño, ése es el mayor en el reino de los cielos. El que recibiere a un niño así en mi nombre, a Mí me recibe .
Los pequeñuelos, a Cristo
2. Teniendo presente todo esto, la Iglesia católica, ya desde sus principios, tuvo cuidado de acercar los pequeñuelos a Cristo por medio de la Comunicación eucarística, que solía administrarles aun siendo niños de pecho. Esto, según aparece mandado en casi todos los rituales anteriores al siglo XIII, se hacía en el acto del bautismo, costumbre que en algunos sitios perseveró hasta tiempos posteriores; aun subsiste entre los griegos y los orientales. Y, para alejar el peligro de que, concretamente, los niños de pecho arrojasen el Pan consagrado, desde el principio se hizo común la costumbre de administrarles la Sagrada Eucaristía bajo la especie de vino………
3. El Concilio de Trento, sin reprobar la antigua disciplina de administrar la Sagrada Eucaristía a los niños antes del uso de la razón, confirmó el decreto de Letrán, lanzando anatema contra los que opinasen lo contrario: Si alguno negase que todos y cada uno de los fieles de Cristo, de uno y otro sexo, al llegar a la edad de la discreción, están obligados a comulgar cada año, por lo menos en Pascua, según precepto de nuestra Santa Madre la Iglesia, sea anatema.
Por lo tanto, en virtud del citado decreto lateranense -aun vigente-, los cristianos, tan pronto como lleguen a la edad de la discreción, están obligados a acercarse por lo menos una vez al año a los sacramentos de la Confesión y de la Comunión…..
5. Esta costumbre, por la cual, so pretexto de mirar por el decoro del Santísimo Sacramento, se alejaba de él a los fieles, ha sido causa de no pocos males. Sucedía, pues, que la inocencia de los primeros años, apartada de abrazarse con Cristo, se veía privada de todo jugo de vida interior; de donde se seguía que la juventud, careciendo de tan eficaz auxilio, y envuelta por tantos peligros, perdido el candor, cayese en los vicios antes de gustar los santos Misterios. Y aunque a la primera Comunión preceda una preparación diligente y una confesión bien hecha, lo cual no en todas partes ocurre, siempre resulta tristísima la pérdida de la inocencia bautismal, que, recibiendo en edad más temprana la Santa Eucaristía, acaso pudiera haberse evitado.
Ni merece menos reprobación la costumbre existente en muchos lugares de prohibir la confesión a los niños no admitidos a la Sagrada Mesa, o de no darles la absolución, con lo cual es muy fácil que permanezcan largo tiempo tal vez, en pecado mortal, con gravísimo peligro de su salvación.
Restos de jansenismo
6. Tales daños ocasionan los que insisten tenazmente, más de lo debido, en exigir que a la primera Comunión antecedan preparaciones extraordinarias, no fijándose quizá en que tales excesivas precauciones son resto de errores jansenistas, pues sostenían que la Santísima Eucaristía era un premio, pero no medicina de la fragilidad humana. Muy al contrario sentía el Concilio de Trento, al enseñar que era antídoto para librarnos de las culpas diarias y para preservarnos contra los pecados mortales; doctrina poco ha inculcada con empeño por la Sagrada Congregación del Concilio en su decreto del 26 de diciembre de 1905, por el cual se abre camino a toda clase de personas para comulgar diariamente, ya sean de madura, ya de tierna edad, exigiendo tan sólo dos condiciones: estado de gracia y pureza de intención.
Ni hay justa razón para que, si en la antigüedad se distribuían los residuos de las Sagradas Especies a los niños, aun a los de pecho, ahora se exija extraordinaria preparación a los niños que se encuentran en el felicísimo estado de su primera inocencia, los cuales, por muchos peligros y asechanzas que les rodean, tanto necesitan de este místico Pan.
Doctrina conciliar
7. Los abusos que hemos reprendido proceden de que no fijaron bien cuál era la edad de la discreción, quienes señalaron una para la confesión y otra distinta para la Comunión. El Concilio de Letrán exige sólo una misma edad para uno y otro sacramento, al imponer conjuntamente el precepto de confesar y comulgar. Y si para la confesión se juzga que la edad de la discreción es aquella en que se puede distinguir lo bueno de lo malo, es decir, en la que se tiene algún uso de razón, para la Comunión será aquella en que se pueda distinguir el Pan Eucarístico del pan ordinario: es la misma edad en que el niño llega al uso de su razón.
..Tenemos, además, como testigo de suma autoridad, a Santo Tomás de Aquino que dice: Cuando los niños empiezan ya a tener algún uso de razón, de modo que puedan concebir devoción a este sacramento (de la Eucaristía), entonces pueden ya recibirle….
Lo mismo enseña San Antonino: Cuando el niño es capaz de malicia y puede, por lo mismo, pecar mortalmente, queda por esto obligado a la confesión y, por consiguiente, a la Comunión .
El mismo Concilio de Trento llega a la misma conclusión cuando, al señalar en su citada sesión XXI, cap. 4, la causa por la cual el párvulo que carece de razón no está obligado por ninguna necesidad a la comunión de la Eucaristía, señala como única el que, en efecto, dice, en aquella edad no pueden perder la gracia de hijos de Dios que han recibido. De todo esto se deduce con claridad la mente del santo Concilio, a saber, que entonces vienen necesariamente obligados los niños a comulgar, cuando puedan ya perder la gracia por el pecado. Eco de tales palabras son las del Concilio Romano, celebrado bajo Benedicto XIII, al enseñar que la obligación de recibir la Eucaristía empieza después que los niños y niñas llegaren al uso de razón, a saber, en aquella edad, en la cual pueden discernir este manjar sacramental, que no es otro que el verdadero Cuerpo de Jesucristo, del pan común y profano, y saber acercarse a recibirle con la debida piedad y devoción.
Edad de la Comunión
9. De todo esto se desprende que la edad de la discreción para la Comunión es aquella, en la cual el niño sepa distinguir el Pan Eucarístico del pan común y material, de suerte que pueda acercarse devotamente al altar. Así, pues, no se requiere un perfecto conocimiento de las verdades de la Fe, sino que bastan algunos elementos, esto es, algún conocimiento de ellas; ni tampoco se requiere el pleno uso de la razón, pues basta cierto uso incipiente, esto es, cierto uso de razón. Por lo cual, la costumbre de diferir por más tiempo la Comunión y exigir, para recibirla, una edad ya más reflexiva, ha de reprobarse por completo -y la Sede Apostólica la ha condenado muchas veces-. Y así el Papa Pío IX, de f. m., en la carta del Cardenal Antonelli a los Obispos de Francia, fechada el 12 de marzo del año 1866, reprobó severamente la costumbre que se introducía en algunas diócesis de retardar la primera Comunión hasta una edad más madura y predeterminada. La Sagrada Congregación del Concilio, el día 15 de marzo de 1851, corrigió un capítulo del Concilio Provincial de Ruán, que prohibía a los niños recibir la Comunión antes de cumplir los doce años. Con igual criterio se condujo esta Sagrada Congregación de Sacramentos en la causa de Estrasburgo, el día 25 de marzo de 1910, en la cual se preguntaba si se podían admitir a la Sagrada Comunión los niños de catorce o de doce años, y resolvió: "Que los niños y las niñas fuesen recibidos a la Sagrada Mesa tan pronto como llegasen a los años de la discreción o al uso de la razón".
Normas obligatorias
10. Bien considerados estos antecedentes, esta Sagrada Congregación de Sacramentos, en la sesión general celebrada en 15 de julio de 1910, para evitar los mencionados abusos y conseguir que los niños se acerquen a Jesucristo desde sus tiernos años, vivan su vida de El y encuentren defensa contra los peligros de la corrupción, juzgó oportuno establecer las siguientes normas, sobre la primera comunión de los niños, normas que deberán observarse en todas partes:
I) La edad de la discreción, tanto para la confesión como para la Sagrada Comunión, es aquella en la cual el niño empieza a raciocinar; esto es, los siete años, sobre poco más o menos. Desde este tiempo empieza la obligación de satisfacer ambos preceptos de Confesión y Comunión.
II) Para la primera confesión y para la primera Comunión, no es necesario el pleno y perfecto conocimiento de la doctrina cristiana. Después, el niño debe ir poco a poco aprendiendo todo el Catecismo, según los alcances de su inteligencia.
III) El conocimiento de la religión, que se requiere en el niño para prepararse convenientemente a la primera Comunión, es aquel por el cual sabe, según su capacidad, los misterios de la fe, necesarios con necesidad de medio, y la distinción que hay entre el Pan Eucarístico y el pan común y material, a fin de que pueda acercarse a la Sagrada Eucaristía con aquella devoción que puede tenerse a su edad.
IV) El precepto de que los niños confiesen y comulguen afecta principalmente a quienes deben tener cuidado de los mismos, esto es, a sus padres, al confesor, a los maestros y al párroco. Al padre, o a aquellos que hagan sus veces, y al confesor, según el Catecismo Romano, pertenece admitir los niños a la primera Comunión.
VI) Los que tienen a su cargo niños deben cuidar con toda diligencia que, después de la primera Comunión, estos niños se acerquen frecuentemente, y, a ser posible, aun diariamente a la Sagrada Mesa, pues así lo desea Jesucristo y nuestra Madre la Iglesia, y que los practiquen con aquella devoción que permite su edad. Recuerden, además, aquellos a cuyo cuidado están los niños, la gravísima obligación que tienen de procurar que asistan a la enseñanza pública del Catecismo, o, al menos, suplan de algún modo esta enseñanza religiosa.
VII) La costumbre de no admitir a la Confesión a los niños o de no absolverlos nunca, habiendo ya llegado al uso de la razón, debe en absoluto reprobarse, por lo cual los Ordinarios locales, empleando, si es necesario, los medios que el derecho les concede, cuidarán de desterrar por completo esta costumbre.
VIII) Es de todo punto detestable el abuso de no administrar el viático y la extremaunción a los niños que han llegado al uso de la razón, y enterrarlos según el rito de los párvulos. A los que no abandonen esta costumbre castíguenlos con rigor los Ordinarios locales.
Dado en Roma, en el palacio de la misma Sagrada Congregación, el 8 de agosto de 1910”.
En 1910 el Cardenal Gennari, miembro de la Sagrada Congregación de los Sacramentos, escribió en su “Breve Comentario” al Decreto de San Pío X: “Hoy, el uso de razón de los niños comienza muy pronto y todos lo reconocen: niños de tres, cuatro, máximo cinco años ya pueden juzgar y pueden distinguir muy bien entre el pan normal y el Pan Eucarístico”.
Encontramos algunas declaraciones de los testimonios que son esclarecedoras para comprender el pensamiento del Santo Papa a lo largo de las varias etapas de su camino sacerdotal:
1.-Como Sacerdote: “Me dijo que había siempre tenido el deseo de hacer que los pequeños se acercaran a la Primera Comunión pronto. Y agregaba: Antes de que el demonio entre, mejor que entre Nuestro Señor…” (María Sarto, hermana del Siervo de Dios, testimonio n.1.
2.-Como Obispo: “El Obispo de Mantua decía: - Cuando el Señor ha tomado posesión de aquellos corazones tiernos, el demonio no podrá ya apoderarse de ellos” (Sor Modesta de la Inmaculada testimonio n.127).
3.- Como Cardenal Patriarca: “Con relación a la Primera Comunión de los niños, ya siendo Patriarca, aún sin dar disposiciones oficiales, exhortó a los Párrocos a examinar a los pequeños y, cuando los encontraran suficientemente conscientes, los admitieran sin lugar a dudas al Sacramento, sin preocuparse excesivamente de la edad” (Agostino Vian testimonio…).
“Recuerdo que el Siervo de Dios me respondió: Es mejor que los niños reciban a Jesús cuando tienen todavía el corazón puro” (D. Alberto Silli, testimonio n.12).
4.- Ya como Sumo Pontífice: “Elegido al Sumo Pontificado, quiso que fuera adelantada la Primera Comunión a los niños, para que, como decía a menudo, entrara Jesús antes que satanás en sus jóvenes corazones, y claramente dijo un día a D. Alberto Silli: “Es mejor que los pequeños reciban a Jesús cuando tienen todavía el corazón puro”. Por esto el 10 de agosto de 1910 emanó el Decreto “Quam singulari” con el cual quitó los obstáculos de las antiguas costumbres y restablecía la sana disciplina de los antiguos, ordenó que los niños fueran admitidos a la Primera Comunión a la edad de 7 años” (D. Alberto Silli, testimonio n.12).
“Muy a menudo el Siervo de Dios me hablaba de la necesidad de dar la Primera Comunión a los niños muy pronto, para que el Señor tomara posesión de sus almas antes que entrara el pecado” (Card. Raffaele Merry del Val, testimonio).
Hay que notar que San Pío X, cuando era sacerdote, daba la Primera Comunión a los niños de 8-9 años y como papa decretó que la hicieran oficialmente a los 7 años, pero en más de una ocasión entregó a Jesús a los niños de 4 años.
San Pío X estaba convencido que la renovación del espíritu cristiano de la nueva generación se debía atribuir en gran parte a la Comunión a temprana edad.
San Juan Bosco enseña también “Hay que rehuir, como la peste, la opinión de quien desea reenviar la primera santa Comunión a una edad muy avanzada, cuando el diablo ya ha tomado posesión del corazón juvenil, con daño incalculable para su inocencia. Apenas el niño pueda distinguir entre pan y Pan, sin tener en cuenta su edad; venga el Rey celestial para reinar en este bendito corazón”.
Tema relacionado que es necesario leer (haz click): 1) UN DEBER DE LOS PAPÁS: LA CONFESIÓN DE LOS NIÑOS 2) LO NORMAL DE LO ANORMAL, HOY EN DÍA, EN LAS PRIMERAS COMUNIONES
Fuente original: publicado en Catolicidad el 29 de julio de 2011. Consultar la publicación original.

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